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Centros esp. de Empleo

800

CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO ENMARCADOS EN LA ECONOMÍA SOCIAL

85.104

TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD

DEFINICIÓN

Empresas cuyo objetivo prioritario es promover el empleo a trabajadores con discapacidad

En la actualidad hay dos posibilidades de integración laboral de las personas con discapacidad. De un lado, la integración directa en el mercado abierto ordinario de trabajo y de otro la integración en el mercado protegido a través de centros especiales de empleo.

Las empresas públicas y privadas que cuentan con 50 o más trabajadores fijos en sus plantillas deben emplear a un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2% de su plantilla. La Administración Pública debe reservar un 5% de las plazas en las convocatorias de funcionarios y de personal laboral. Dada la baja incidencia del cumplimiento de la cuota de reserva, desde el año 2000, existe la posibilidad de acogerse a mediadas alternativas, entre las que destaca la contratación de bienes o servicios a centros especiales de empleo.

Los centros especiales de empleo son empresas de economía social que compatibilizan la viabilidad económica y su participación en el mercado con su compromiso social hacia colectivos con menores oportunidades en el mercado de trabajo.. Su estructura y organización es la misma que la de las empresas ordinarias.

Su plantilla está constituida por el mayor número de personas discapacitadas que permita su capacidad productiva, cuyo número no puede ser inferior al 70% respecto del total de los trabajadores.

Pueden ser creados por organismos públicos y privados o por las empresas.

Además de facilitar empleo remunerado a estas personas, los Centros Especiales de Empleo garantizan formación y apoyo permanente en su vida personal y social, promoviendo el tránsito a la empresa ordinaria.

Los centros especiales de empleo, compiten en el mercado como cualquier otra empresa y se han convertido en una importantísima fuente de empleo para este colectivo. Además tienen una función fundamental de integración social a través de la propia inserción laboral: conseguir un trabajo estable y remunerado facilita la independencia económica e incide muy favorablemente en las posibilidades de integración social y en la autoestima de la persona.

Los centros especiales se apoyan en equipos humanos de gran calidad y en la tecnología como medio de salvar las dificultades derivadas de la discapacidad y como forma de garantizar la competitividad del trabajo en y del mercado.

Para la creación de un Centro Especial de Empleo se necesita un estudio económico previo que confirme la viabilidad del proyecto, pero además deben asegurarse ciertos requisitos:

- Contar con trabajadores que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% o vayan a prestar servicios laborales por cuenta del centro y dentro de su organización o hacer una declaración de que puede contar con dichos trabajadores.

- Acreditar la personalidad del titular del empresario.

- Adoptar el expreso compromiso de formar a los trabajadores discapacitados.

- Inscribir el centro en el Registro de la Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales.

ENCLAVES LABORALES

Los Enclaves laborales, una fórmula para crear empleo entre los colectivos más desfavorecidos en entornos ordinarios de trabajos y facilitar el acceso al mercado laboral abierto.

Los enclaves laborales, permiten a los centros especiales de empleo desplazar a sus trabajadores con discapacidad a las empresas para la que presta sus servicios o realiza sus productos. Los enclaves permiten que las personas con discapacidad se integran en entornos de trabajo normalizados, asumiendo los hábitos, las habilidades y las aptitudes propios de estos ámbitos profesionales, y se relacionan con trabajadores sin discapacidad, sin perder los procesos de seguimiento y apoyo del centro especial de empleo. Además los enclaves son una fórmula fácil y rápida para la creación de puestos de trabajo estables en la empresa ordinaria . No se trata por tanto de una solución provisional.

MEDIDAS DE DISCRIMINACIÓN POSITIVA

Otro instrumento que se ha mostrado muy eficaz son las unidades de apoyo en los CEE. Su función principal es eliminar las barreras que el trabajador con discapacidad encuentra al incorporarse a su puesto de trabajo y desarrollar su actividad de forma eficiente.

Estas unidades de apoyo las constituyen un equipo de profesionales que entre otra funciones, tienen las de desarrollar programas de formación, ayuda directa en el desarrollo de la actividad productiva, respaldo en los casos de deterioro evolutivo, potenciación de la autonomía, implantación de procesos de promoción, establecimiento de relaciones con el entorno más cercano al trabajador, etc.

 

Todos estos apoyos se dirigen a trabajadores con discapacidad intelectual, enfermedad mental u otros con especiales dificultades en el empleo.

NORMATIVA

ESTATAL

- RD Legislativo 1/2013, Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social

AUTONÓMICA

COMUNIDAD VALENCIANA

- Ley 11 / 2003, de 10 de abril, sobre el Estatuto de las personas con discapacidad de la Comunidad Valenciana