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Boletín Digital

Proyecto de Ley de Cooperativas de Cataluña

Proyecto de Ley de Cooperativas de Cataluña

El proyecto de ley de cooperativas de Cataluña, actualmente en trámite parlamentario, incorpora la figura del administrador único, posibilita que se incorporen al consejo de administración personas que no sean socias y rebaja a la mitad las dotaciones mínimas que la empresa está obligada a realizar.

Estas son algunas de las novedades que contempla la nueva ley de cooperativas que ha diseñado el gobierno catalán con el objetivo de adaptar la actual normativa, que se modificó por última vez hace doce años, a las nuevas circunstancias económicas y sociales.

El director general de Economía Social y Cooperativa de la Generalitat, Xavier López, ha explicado hoy que el nuevo texto pretende incentivar la creación de cooperativas aportando flexibilidad al sistema y dando respuesta a la diversidad del sector, compuesto por entidades de muy diferente tamaño y actividad.

"Queremos que haya más cooperativas y más sólidas y que el peso del cooperativismo crezca", ha afirmado López, que ha recordado que en la actualidad hay en Cataluña unas 4.000 empresas de este tipo, de las que 147 se han constituido en los dos últimos años.

El proyecto de ley incluye una amplia batería de medidas que afectan a ámbitos como la creación de las cooperativas, su gestión o su financiación.

Algunos de los aspectos más novedosos del texto son que las cooperativas se podrán crear a partir de dos socios -ahora hacen falta tres- y se establecerá un procedimiento "exprés" para que se puedan constituir en sólo 48 horas.

Se abre asimismo la posibilidad de reactivar y fusionar cooperativas disueltas y se reducen a la mitad las dotaciones mínimas que toda cooperativa ha de efectuar.

En la actualidad, las cooperativas han de destinar un mínimo del 30 % de sus beneficios al Fondo de Reserva Obligatorio (FRO) y un 10 % al Fondo de Educación y Promoción Cooperativa (FEPC), unos porcentajes que con la nueva ley pasan al 15 y al 5 %, respectivamente.

Además, se introduce la posibilidad, vía estatutos, de repartir hasta el 50 % del FRO en caso de liquidación, aunque sólo en aquellos fondos generados a partir de la aprobación de la ley, ha precisado Xavier López.

La normativa, por otro lado, prevé la creación de dos nuevos tipos de socios: el temporal, para adecuar las necesidades de empleo de la cooperativa a la demanda del mercado, y el colaborador, que sólo aporta capital.

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